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Ángel
Vamos a ello. Vamos a empezar con lo que sabemos, con lo que se desprende de ese fallo. Sigue con nosotros Pedro Jiménez. Hola, Pedro.
Pedro Jiménez
¿Qué tal, Ángel? Buenos días.
Ángel
Vamos a intentar eso, vamos a intentar aclarar sobre todo lo que sabemos de esa condena al Fiscal General del Estado, que, insisto, de momento no es mucho porque conocemos el fallo, pero falta todavía conocer la sentencia en su integridad. Lo hemos conocido en seis días, una deliberación, vamos a decir, que rápida. Empezamos por ahí. ¿Qué sabemos de ese fallo condenatorio que inhabilita al fiscal a velocidad récord?
Pedro Jiménez
Pues sabemos que el Supremo le condena por mayoría al Fiscal General del Estado por un delito de revelación de secretos a dos años de inhabilitación para el cargo a una multa de 7.200 euros. Además, obliga a Álvaro García Ortiz a indemnizar por daños morales a Alberto González Amador con 10.000 euros y también a pagarle a su abogado. Y como decías a primera hora, Ángel, sabemos el qué, pero no sabemos el porqué. Conocemos el fallo, pero no conocemos los argumentos. Y esto no es habitual en el Supremo porque no suelo hacer spoiler. Un spoiler que sí que es más habitual en el Tribunal Constitucional. Sabemos también que la decisión no ha sido unánime. Cinco magistrados han estado a favor de la el presidente de la Sala de lo Penal, Andrés Martínez Arrieta, Manuel Marchena, Carmen Lamela, Antonio del Moral y José Ramón Verdugo. Dos magistradas votan en contra. Son Susana Polo y Ana Ferrer, las dos mujeres que firmaron el voto particular en el caso de los ERE que avaló el Tribunal Constitucional. El Supremo quería una sentencia rápida, quería una decisión rápida porque había que zanjar cuanto antes la situación de incertidumbre en la carrera fiscal con un jefe inmerso en un procedimiento. Nos llegaron a decir que es como tener patatas o carne podrida en casa, que tienes que tirarlo a la basura cuanto antes.
Ángel
En el Supremo, entonces, no es habitual conocer primero el fallo y que después, al cabo de unos días, no sabemos cuándo conozcamos la sentencia.
Pedro Jiménez
No es habitual. Es extraordinario. Te decía antes que en el Tribunal Constitucional sí que estamos acostumbrados. Es habitual que el Tribunal Constitucional adelante fallo y luego dé la sentencia con los votos particulares. Pero en el Tribunal Supremo no es normal porque lo habitual es que las sentencias sean por unanimidad. También es extraordinario que se haya roto en dos el tribunal, como ocurre en este caso. Pero es que además estamos ante una sentencia de una trascendencia jurídica y política sin precedentes. Ángel, ¿Y hay alguna explicación del por.
Ángel
Qué han anunciado el fallo y después la sentencia?
Pedro Jiménez
Hay una explicación, la primera que querían una decisión rápida y la segunda que hubo un cambio en la ponencia de la sentencia que inicialmente era para Susana Polo, que está encuadrada en ese sector progresista. Con ese cambio de ponencia el tribunal tuvo miedo de que se filtrara el cambio de ponencia y los periodistas dedujéramos que esto era porque había sentencia condenatoria.
Ángel
Hemos explicado estos días, porque además es verdad que no se ha podido seguir en directo el juicio, pero se ha informado ampliamente y además hemos podido escuchar a todos los que han declarado en esa sala del Tribunal Supremo. Y hay una cosa que hemos ido repitiendo al cierre del juicio, que es que no había pruebas de cargo contra el fiscal. En eso yo creo que no hay analista que no esté de acuerdo. De manera que la acusación construyó y trabajó sobre los indicios que decía que existían. Pedro, ¿Cuáles son esos elementos de juicio los que podía cogerse el Supremo para acabar haciendo lo que ha hecho, que es condenar al fiscal?
Pedro Jiménez
Sí, una sentencia que la verdad es que a la mayoría de los periodistas que hemos seguido el juicio nos parecía imposible después de acabar las seis jornadas. Por eso qué explicas tú, los 40 testigos, lo que hemos escuchado en sala, las pruebas que se han practicado. No ha habido nada nuevo que vinculara al fiscal general con el delito. Pero las acusaciones y la UCO han convencido al tribunal con su relato inculpatorio que el fiscal general tenía el dominio de la acción y que en unidad de acto puso en marcha una estrategia para primero filtrar el correo en el que el novio de Ayuso admitía sus delitos y después sacar una nota de prensa de desmentido, que era algo así como lo que le daba la puntilla. Así lo explicaba un agente de la UCO.
Abogado de Alberto González Amador
El dominio de toda esa acción corresponde al fiscal general del Estado. Es decir, como es normal, la Fiscalía es una institución jerarquizada y él da instrucciones.
Pedro Jiménez
Esa nota de prensa, dijo el abogado de Alberto González Amador, puso el sello institucional al reconocimiento del delito y convirtió a su cliente en moneda política. El fiscal me ha matado, declaró el comisionista.
Alberto González Amador
Yo pasé a ser el delincuente confeso del Reino de España. Estaba muerto, pero era el delincuente. El Sr. García Ortiz, el fiscal general del Estado me había matado públicamente, me había destrozado por completo. No había opción. De hecho, lo que yo intuía me lo confirmó Naira. Me la presunción de inocencia se ha roto.
Pedro Jiménez
Y en ese relato había que desacreditar a los periodistas que declararon, que conocieron o manejaron el correo antes de que lo tuviera García Ortiz. ¿Cómo podemos acogernos al secreto profesional? No hay que creerse a pies juntillas lo que digamos. Esta es su tesis. No hubo piedad, especialmente contra el periodista que firma la información que contaba la verdad, que fue González Amador quien propuso el pacto para no ir a juicio por delitos fiscales. Este era el periodista de la SER Miguel Ángel Campos.
Abogado de Alberto González Amador
Las manifestaciones de don Miguel Ángel Campos sobre su tenencia del documento antes de las 23 horas carecen de capacidad probatoria alguna. Bastaría para dejar impune cualquier revelación. No tenía autorización y la obtuve después. Así de sencillo. Ya lo tenemos, la penicilina.
Pedro Jiménez
Veremos en la sentencia como los magistrados sortean estos testimonios de periodistas que declararon como testigos con obligación de decir verdad.
Ángel
Y ayer os escuchaba tanto a vosotros como a los expertos que estuvieron ayer en esa edición especial de Hora 25. Ahora hablaremos también con alguno. Claro. Una de las claves puede ser que al final el motivo del juicio no sea tanto la filtración como la nota de prensa. Pero la nota de prensa no era el motivo del juicio.
Pedro Jiménez
La nota de prensa ha entrado y ha salido. Ha estado haciendo la goma durante todo el procedimiento. Es el origen del procedimiento, Ángel. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid admite una querella por esa nota de prensa que presenta el novio de Isabel Díaz Ayuso. Pero cuando el caso pasa al Tribunal Supremo porque Álvaro García Ortiz públicamente se autoinculpa de todo lo que ocurre, como es aforado el asunto pasa al Tribunal Supremo. La sala de admisiones dice que se ha superado aparentemente, aparentemente, y este detalle, esta es la palabra aparentemente, la actividad delictiva de esa not de prensa que aparentemente no revelaba información que no debiera de revelar. ¿Qué pasa? Que durante la instrucción el juez Ángel Hurtado fija el objeto del procedimiento ante las continuas preguntas por parte de las defensas en un interrogatorio al teniente fiscal Diego Villafañe como investigado, fija el objeto del proceso. Y Ángel Hurtado estamos investigando tres la publicación de la denuncia contra Alberto González Amador en eldiario es estamos investigando la filtración del correo electrónico en el que admite los delitos fiscales a la Cadena SER y además estoy investigando la nota de prensa. Y después, en el auto de apertura de juicio oral es donde finalmente Ángel Hurtado dice que en unidad de acto el fiscal general del Estado filtra primero el correo electrónico y después elabora una nota de prensa de desmentido que también es delictiva. Es más, el abogado de Alberto González Amador llegó a decir que era delictiva por sí sola y eso a las defensas los volvía locas porque no sabían si se tenían que defender de una cosa o de otra.
Ángel
¿Ayer lo escuchábamos, no sé si después lo podremos escuchar, pero ayer escuchábamos al abogado de García Ortiz como decir perdone, pero de qué nos estamos defendiendo? Porque no tengo muy claro de qué nos estamos defendiendo.
Pedro Jiménez
Y la fiscalía, en el mismo sentido, Ángel decí no sabemos si nos tenemos que defender o no nos tenemos que defender de la nota de prensa. Pero Iñaki Ocio fue gráfico, porque además fue el último informe en el juicio y bueno, voy a dedicar unos minutos porque aquí no sabemos si tenemos que defendernos o no tenemos que defendernos de la nota de prensa. Pero lo que sí que es cierto, Ángel, es que las acusaciones, conscientes de que no había un solo indicio que pudiera vincular al fiscal general con el correo electrónico, que era lo que todos pensábamos, que habíamos ido al Tribunal Supremo a ver, pusieron todos sus esfuerzos en la nota de prensa para tratar de conseguir esta sentencia condenatoria.
Ángel
De todas formas se podrían haber robado el juicio, porque la nota de prensa ya asumió el fiscal que era responsabilidad.
Pedro Jiménez
Suya, él asumió que era responsabilidad suya y la directora de comunicación reconoció que el fiscal le dictaba párrafos y que ella lo transcribió.
Ángel
¿Qué posibilidades, qué recorrido tiene el fiscal general para recurrir a la sentencia? ¿Dónde puede acudir? ¿Qué puede hacer?
Pedro Jiménez
Pues primero al Tribunal Constitucional, para lo que hay que presentar un incidente de nulidad en el Tribunal Supremo y después ya sólo le queda la jurisdicción europea. Pero es verdad que ninguno de estos recursos, Ángel, son suspensivos. La condena a dos años de inhabilitación empezará a contar desde el momento en el que se haga pública la sentencia con el voto particular. Pero es que además Álvaro García Ortiz se va a tener que enfrentar a un expediente de expulsión de la carrera fiscal porque una de las causas que prevé el Estatuto para la pérdida de condición de fiscal es precisamente que te hayan condenado por un delito doloso. Paralelamente, el Gobierno ya ha activado el proceso para relevarlo del y mientras no.
Ángel
Está inhabilitado porque no hay sentencia redactada, está como en funciones. Me lo preguntaba Estefanía justo cuando ha llegado y digo pues ahora mismo no lo sé.
Pedro Jiménez
La sentencia no es oficial, o sea, él sigue siendo fiscal general del Estado hasta que no se notifique íntegramente sentencia con el voto particular. Pero bueno, estamos hablando de que a finales de mes, principios de diciembre ya.
Ángel
Tendremos en una semana, semana hay algo.
Hoy por Hoy – SER Podcast, 21 de noviembre de 2025
Host: Àngels Barceló
Guest: Pedro Jiménez (periodista judicial)
This episode unpacks the unprecedented Supreme Court conviction of Spain’s Attorney General, Álvaro García Ortiz, for revealing secrets. The hosts analyze the legal and political significance of both the swift verdict and the unusual process—where the outcome (the fallo) became public before the rationale (the sentencia). Expert commentary focuses on what is known so far, the fracture in the Supreme Court’s decision, and the perplexing judicial reasoning in a trial where most analysts saw little to no direct evidence.
This episode provides an in-depth, lucid analysis of a judicial earthquake: the Supreme Court’s conviction of Spain's Attorney General in a divisive, fast-moving, and procedurally unusual manner. The conversation raises fundamental concerns about legal certainty, due process, and the politicization of justice in Spain—leaving the audience clear on what is known, what remains enigmatic, and what might come next.