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A
Dejadme que salude Joaquín Jiménez, que es magistrado emérito del Tribunal Supremo. Joaquín, ¿Qué tal? Muy buenos días.
B
Buenos días, Andes.
A
Primero, la lectura que hace del fallo, que no de la sentencia, que es lo que estábamos hablando aquí estamos especulando porque no conocemos en qué se basa ese fallo.
B
Pues, efectivamente, un fallo vale lo que valga su fundamentación. No conocemos la fundamentación. Lo que es evidente es que un fallo no puede justificarse en un acto de fe, en la creencia de un poder más o menos divino o mágico que determina quién es el autor y quién no es. Vale lo que valga su motivación. Y esa motivación hay que extraerla de la prueba que se haya practicado bien durante la instrucción y sobre todo en el fallo, perdón, en el plenario.
A
De momento, una cosa que quedó clara, yo creo, durante el juicio es que una prueba de cargo no existía. ¿Dónde puede estar entonces el eje? Aquí hablábamos. Si es la nota que sacó la Fiscalía. ¿Puede ser ese el eje de la argumentación?
B
Vamos a ver, aquí hay una cosa curiosa que afecta, yo creo que a la imparcialidad del propio tribunal. El tribunal sentenciador está compuesto por cinco magistrados, que fueron los que admitieron la causa cuando se remitió al Supremo, más dos, más dos magistrados más. Total, siete. La imparcialidad del tribunal queda, a mi modo de ver, severamente cuestionada por dos razones. Primero, porque los cinco que lo admiten son los cinco que juzgan, con lo cual ya de alguna manera juzgado un poco. Y en segundo lugar, porque ha habido un cambio, una novación en el objeto del proceso. Me explico. El objeto del proceso inicialmente era la nota informativa. El tribunal dice no, la nota informativa no, pero sí que estos documentos que vienen anejos. Esto supone un cambio del proceso sorprendentemente hecho por el tribunal que admite la causa y es el que va a juzgar. Esto supone una iniciativa que lesiona, a mi modo de ver, de una manera grave la imparcialidad del tribunal. Luego, la prueba de cargo que se ha practicado en el plenario, pues fundamentalmente es la prueba documental, que fue una pesca de arrastre de libro. Una pesca de arrastre de libro, francamente, la desproporción desborda todos los límites por todos los lados. Y luego una prueba testimonial de testimonios. Testimonios de periodistas relevantes que se acogen a su secreto. Secreto que está en la Constitución, en el artículo 25, que hay que desarrollarlo. Pero de todas maneras ese secreto existe. Y en segundo lugar, hay alguna prueba, un testimonio de cargo de una persona que es la fiscal de la Comunidad de Madrid, que de manera clara ha patentizado una enemistad anterior al proceso. Los testimonios no se cuentan, se pesan. Se pesan. Y un testimonio de una persona que de una manera clara ha acreditado una enemistad con el imputado, pues la veracidad de ese testimonio por lo menos es cuestionable. La de los periodistas, pues evidentemente ellos se han acogido en su secreto profesional. Que tiene un valor constitucional. Que tiene un valor constitucional. Y si no se ha hecho uso, no se ha creído a esos testimonios, pues es que han mentido. Y es muy fuerte decirlo. Habrá que ver, insisto, el fallo vale lo que diga la fundamentación.
A
¿Y se puede alegar el derecho a la privacidad cuando lo que se está haciendo es protegiendo una estrategia penal que está basada en una mentira?
B
Vamos a ver, es que no entiendo la pregunta que me hace.
A
¿Todo esto surge por una mentira? Entonces la aclaración de la mentira.
B
Sí, ya te entiendo. Evidentemente cuando hay un bulo acreditado, acreditado, tú tienes que desmontar ese bulo.
A
Y eso lo tiene que hacer la Fiscalía General del Estado y lo tiene.
B
Que hacer la Fiscalía porque es el garante del interés público. Es un tema importante, sus legítimos derechos desde el propio Estatuto. Ahora bien, para desmontar ese bulo hay que dar datos efectivos, hay que dar datos objetivos que acrediten que ese bulo es falso. Lo que uno no puede decir es que el bulo es falso sin más. Entonces el fiscal, con buen criterio, acredita por qué ese bulo es falso y da una serie de datos. Que luego esos datos sean al mismo tiempo los datos reservados que han motivado la condena, pues es una contradicción. ¿Cómo se va a desmontar? ¿Qué distinción hay entre la nota que acredita una falsedad y los propios datos que acreditan que eso ha sido falso? Es que es un círculo vicioso. Es la pescadilla que se muerde la cola. Yo de verdad, es que, en fin, no entiendo, No entiendo porque es que además, en fin, de dudas, de las dudas no puede surgir una certeza.
A
No, que estábamos perdiendo la conexión, me decía, de las dudas no puede salir una sentencia, una certeza.
B
No puede salir una certeza y una reflexión más. El fiscal general hubiera dimitido a lo largo de la instrucción se hubiera dictado sentencia condenatoria. Yo dejo la pregunta ahí. Pues con la pregunta ahí.
A
Con la pregunta nos vamos a quedar porque vamos teniendo problemas con la conexión, pero la explicación y la visión de Joaquín Jiménez, Magistrado, muchísimas gracias.
B
Buenos días.
C
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In this concise yet sharp interview, Àngels Barceló speaks with Joaquín Giménez, emeritus Supreme Court magistrate, about the implications of a recent controversial court ruling. The discussion centers on the legitimacy of the judicial process, the burden of proof, the role of the public prosecutor in combating misinformation, and fundamental issues of impartiality and justice.
On the value of judicial reasoning:
“Un fallo vale lo que valga su fundamentación. … Un fallo no puede justificarse en un acto de fe…”
— Joaquín Giménez (00:17)
On weighing testimony:
“Los testimonios no se cuentan, se pesan.”
— Joaquín Giménez (02:32)
On the role of the Fiscalía in fighting disinformation:
“Evidentemente cuando hay un bulo acreditado… tienes que desmontar ese bulo.”
— Joaquín Giménez (04:07)
On legal certainty:
“De las dudas no puede salir una certeza.”
— Joaquín Giménez (05:42)
This interview offers a sharp look into the challenges faced by the Spanish justice system, especially concerning impartiality, standards of evidence, and the critical public responsibility of dismantling disinformation. Joaquín Giménez calls for greater transparency, rigor in proof, and a re-examination of procedural fairness within high-stakes legal proceedings. His repeated assertion—“de las dudas no puede salir una certeza”—encapsulates the episode’s challenge to judicial practice based on anything less than solid and objective justification.